Modelo 347, en febrero
Declaración de operaciones con terceros.
Si durante el año 2023 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto (IVA incluido) y no está dada de alta en el sistema de Suministro Inmediato de Información, durante este mes de febrero deberá presentar el modelo 347. A estos efectos, recuerde lo siguiente:
- No deberá incluir aquellas operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones. Esto ocurre, por ejemplo, con las operaciones sujetas a retención.
- Salvo las excepciones que prevé la normativa, también deben declararse las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura (siempre y cuando superen los 3.005,06 euros).
Si está obligado a presentar el modelo 347, tiene de plazo para hacerlo hasta el próximo 29 de febrero.
Consúltenos: resolveremos las dudas que le puedan surgir respecto a la cumplimentación del modelo 347.
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